viernes, 30 de abril de 2010

Ministerio de Justicia promueve el diálogo y reducción de carga procesal


Amplían obligatoriedad de conciliar antes de iniciar un proceso judicial


En Cusco, Huancayo, Cañete Piura, Huaura y Santa se deberá conciliar antes de acudir a Poder Judicial

De acuerdo a las disposiciones del Decreto Supremo N° 005-2010-JUS publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, los habitantes de las ciudades de Cusco, Huancayo, Santa, Piura, Cañete y Huaura deberán acudir a la conciliación extrajudicial para solucionar sus conflictos.

La obligación de recurrir a la conciliación tiene como finalidad promover una cultura de paz. Mediante la conciliación los ciudadanos procurarán solucionar sus problemas mediante el diálogo, de manera sencilla, rápida y económica. También representará una significativa disminución de la excesiva carga procesal del Poder Judicial.

Los conflictos que se pueden solucionar en temas de índole civil son desalojo; pago de deudas; indemnización; otorgamiento de escritura, entre otras materias de libre disposición de las partes. En lo que respecta a los temas de familia, estos conflictos no están obligados a someterse a la conciliación extrajudicial, pero se recomienda hacer uso de esta forma alternativa de solución para preservar las buenas relaciones personales y familiares.

Este año, la implementación se realizará de manera progresiva y según el siguiente cronograma:

Julio : Distrito conciliatorio de Cusco

Agosto : Distrito conciliatorio de Huancayo

Setiembre : Distrito conciliatorio de Cañete y Huaura.

Octubre : Distrito conciliatorio de Santa

Noviembre : Distritos conciliatorio de Piura.

Actualmente la obligatoriedad de este procedimiento se aplica en tres distritos conciliatorios: Lima y Callao (considerados como un solo distrito conciliatorio), Arequipa y Trujillo. Se ha previsto que en los próximos años la obligatoriedad se ampliará a por lo menos a tres distritos conciliatorios por año.

Los indicadores que se toman en cuenta para elegir los distritos conciliatorios son: carga procesal, número de operadores (centros de conciliación y conciliadores), número de habitantes de la localidad, nivel de satisfacción de necesidades básicas de justicia y zonificación.

En los Centros de Conciliación Gratuitos del Ministerio de Justicia se realizaron, en el año 2009, un total de 17,410 procesos conciliatorios. De ellos, el 83% correspondió a casos de familia y el 17% a casos civiles. En lo que va del año 2010 se han atendido 21,495 consultas y se han iniciado 5,074 procedimientos conciliatorios.

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