Eduardo Barzola Farfán
Secretario Ejecutivo REMURPE
A propósito de las declaraciones del Primer Ministro, Oscar Valdés Dancuart, en relación a que el Ministerio de Economía ya no cumplirá el papel del “Gran guardián de los recursos Fiscales”, se debe de abrir un espacio para la discusión de cómo diseñamos un esquema de Inversión y como lo compatibilizamos con mecanismos de control y/o fiscalización de las diversas instituciones y organizaciones implicadas en la reforma del Estado y la descentralización.
Durante años, las iniciativas de inversión de las municipalidades del país han sido recortadas por un “tutelaje”, nada agradable, que ejerce el Ministerio de Economía a través de los diversos mecanismos de control montados en la última década. La justificación de esta posición del MEF fue que, durante el pasado cercano, los actos de corrupción que vivió el país merecían que se organizaran los diversos sistemas y en especial el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) como mecanismo que tenga la capacidad de filtrar las propuestas o proyectos y disminuyan las posibilidades de que se repita la corrupción que aún sigue siendo una lacra que persiste en el país.
A pesar de las buenas intenciones, el SNIP pasó de ser un mecanismo para mejorar la calidad de los proyectos, que es el aspecto positivo del sistema, a convertirse en un obstáculo para la implementación de proyectos que necesariamente se tienen que ejecutar en lugares distantes, carentes de infraestructura, con mecanismos establecidos que no le permiten la “viabilidad” económica y social a pesar de la urgencia de estas obras.
Todos estos años las municipalidades y sus expresiones gremiales –como REMURPE- han exigido que se revise estos sistemas y se adecuen a las realidades, que era obvio que en gran parte de las localidades del país requerían sobre todo de inversión social y de infraestructura vial y productiva: Hoy, en medio de la recesión internacional, cuyos efectos se harán sentir en nuestra economía, la experiencia de la crisis del 2008 que obligó a dinamizar la economía con la inversión pública ante el repliegue de la actividad privada, y los últimos acontecimientos sobre desastres naturales en las diversas regiones que están produciendo pérdidas económicas, se requiere mayor agilidad en el empleo de los recursos, la ejecución de obras y los sistemas lo detienen.
Ante flexibilidad control, pero ¿cómo?
Sin embargo, el hecho de flexibilizar los sistemas de inversión nos debe de orientar a enfatizar otros mecanismos que tiene que complementar a los de inversión para evitar la corrupción; me refiero a los mecanismos de control. En efecto, durante años se ha planteado que donde tenemos debilidad es en los mecanismos de control, en sus diversas modalidades y etapas.
Primero, tenemos el tema de los organismos de control. Porque en cada organismo del Estado el control lo desarrollan las mismos organizaciones a través de órganos internos, evidenciando dificultades para controlar a su propia administración. También tenemos una entidad encargada del control de todas las entidades públicas: la Contraloría de la República; esta no posee la capacidad ni los recursos para controlar todas las fases de los procesos que requiere el control en el Estado, generalmente su intervención se ubica en la etapa “ex post” de los procesos o cuando hay evidencia de un hecho fragante.
Segundo, existen nuevos mecanismos de control y vigilancia, a los que no se les ha otorgado la debida importancia a pesar de que se ha legislado en los últimos años que están relacionados al control social. Estamos en un proceso que nos indica que cada vez es más complicado trabajar sin la participación de la ciudadanía y que el no hacerlo culmina en largos conflictos de gobernabilidad en las localidades. Por ello, el control social es un mecanismo, que, debe ser tomado en cuenta por los que deciden políticas públicas y diseñan los mecanismos de control; en la medida que los organismos formales como las Oficinas de control interno tienen la debilidad de controlar a sus “jefes” y la Contraloría no llega a los lugares más recónditos del país. Finalmente, enviar un mensaje de solidaridad a las regiones afectadas y mencionar que a pesar de las limitaciones para implementar el Sistema Nacional de gestión de Riesgos de Desastres - SINAGERD, lo cual entrampa la capacidad de respuesta de nuestro país frente a los desastres naturales, consideramos oportuno la emisión de Resolución Ministerial Nº 069-2012-EF/15 el cual aprueba el Procedimiento Simplificado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante las presencia de Desastres de Gran Magnitud, lo cual permitirá que las 03 instancias de gobierno puedan flexibilizar los criterios para presentar los PIP siempre y cuando guarden relación con los efectos de los desastres naturales.
Lima 17 de febrero del 2012.
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