jueves, 15 de diciembre de 2011

Reformas legislativas para fortalecer democracia interna de las organizaciones políticas propone la ONPE

En proyecto de Ley de Organizaciones Políticas presentado al Congreso de la República

Una serie de reformas legislativas ha planteado la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para garantizar el derecho de participación de los afiliados de las organizaciones políticas en los procesos de democracia interna, para la elección de sus dirigentes y candidatos a cargos de elección popular.

Las iniciativas están contenidas en el proyecto de ley N°499-2011-ONPE, Ley de Organizaciones Políticas, presentado por el organismo electoral ante Congreso de la República.
Así, la ONPE propone que el Estatuto y el Reglamento Electoral Interno de las organizaciones políticas deben ser aprobados y publicados, cuando menos, un mes antes de la convocatoria de los comicios internos, estableciéndose que cualquier modificación posterior será nula de pleno derecho. La actual Ley de Partidos Políticos no fija plazo.
Asimismo, la elección de autoridades y de los candidatos a cargos públicos de elección popular se realiza por un órgano electoral central, conformado por un mínimo de tres miembros electos, necesariamente, a través de una Asamblea, garantizándose con ello los principios de imparcialidad, neutralidad, igualdad y autonomía que todo órgano electoral requiere para cumplir con sus funciones. La elección de los órganos electorales descentralizados se efectuará a través de asambleas descentralizadas, bajo las mismas características.
La norma vigente no ha logrado garantizar de manera la plena la autonomía de los órganos electorales centrales y descentralizados respecto de los órganos de dirección partidaria, según los considerandos del proyecto.
El proyecto de ley establece, también, que los procesos electorales organizados por las organizaciones políticas para la elección de candidatos a cargos de elección popular y de autoridades, deben contar con el apoyo y asistencia técnica de la ONPE en todas sus etapas. La actual ley de partidos políticos contempla una presencia facultativa.
En cuanto a las modalidades para la elección de candidatos, así como de las autoridades partidarias, se establecen dos modalidades: la primera, con votación universal, libre, voluntaria, igual, directa y secreta de los afiliados; y, una segunda, a través de delegados. Estos deberán ser elegidos de forma universal, libre, voluntaria, igual, directa y secreta de los afiliados para cada proceso eleccionario.
El presente proyecto de ley busca promover mecanismos de democracia y transparencia, a través de los cuales se garantice el pleno respeto a la decisión expresada por los afiliados.
Lima, 15 de diciembre de 211

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