Se ruega a los participantes en la CONSULTA se sirvan tomar en cuenta esta información para responder a las 10 preguntas enviadas el 28 de agosto último
Antecedentes
El Estado peruano se retrazó 10 años en presentar su informe ante el Comité para la eliminación de la discriminación racial CERD de las Naciones Unidas, el 24 de agosto, se presento ante dicho Comité una Delegación presidida por el Ministro de Justicia en funciones Aurelio Pastor, para someterse al examen de rigor.
Previo al informe gubernamental, CAPAJ y otras organizaciones indígenas rindieron un informe alternativo en el mismo escenario internacional del CERD, facilitando el examen con denuncias de discriminación racial en el Perú.
DISCRIMINACION RACIAL ESTRUCTURAL
El COMITÉ para la eliminación de la discriminación racial, llego a la conclusión que en el Perú se vive una discriminación racial estructural, por lo que le concedió un año para que el estado peruano remedie la situación, con 3 observaciones puntuales: Un censo que determine la población de los pueblos indígenas, un estudio sobre los afrodescendientes y la suspensión de las sustracciones de aguas subterráneas a Ancomarca en la frontera sur.
RESULTADO
Al final del examen, el CERD emitió sus observaciones finales que fuera publicado en el documento Nro. CERD/C/PER/CO/14-17 de fecha 3 de setiembre 2009, en cuyo párrafo 2 el Comité considera que el informe presentado no responde con cabalidad y detalles, a todas las disposiciones de la Convención, sin embargo aprobaron observaciones
INFORME ALTERNATIVO
Al haberse vencido el plazo sin que el estado haya rendido la información requerida por el CERD en el documento de observaciones finales párrafos 12, 17 y 20, CAPAJ convoco a una consulta de la sociedad civil, y pueblos indígenas afectados para consensuar un Informe alternativo de seguimiento a las recomendaciones aprobadas por el CERD, bajo un método de participación amplia, previamente informada que comprende la siguiente secuencia de acciones.
CRONOGRAMA DE LA CONSULTA PARA ELABORAR UN INFORME ALTERNATIVO DE SEGUIMIENTO CERD a PERU
A) Convocatoria el 22 de Agosto 2010
B) Pliego de preguntas distribuido por Internet el 28 de agosto 2010
C) Consulta presencial el 13 de setiembre 2010 en auditorio Esperanza
D) Comisión redactora de informe alternativo de seguimiento.
OBSERVACION DE FONDO
En el párrafo 23 del documento de observaciones finales, el Comité expresa su preocupación ante los conflictos que puedan surgir como resultado de la falta de consenso sobre un proyecto nacional compartido por la sociedad peruana en la totalidad de su expresión multicultural y multiétnica, en particular en el ámbito de la educación, proyectos de desarrollo y protección del medio ambiente
El Comité recomienda que el estado parte lleve a cabo un proceso participativo e incluyente, para llegar a determinar cual es la visión de nación que mejor representa a la diversidad étnica y cultural de un país tan rico como el Perú, ya que una visión compartida e incluyente puede orientar el camino del estado parte en sus políticas publicas y proyectos de desarrollo.
OBSERVACIONES CON PLAZO FIJO
A fin de que Perú adopte acciones inmediatas que permitan superar violaciones graves a la Convención para la eliminación de la discriminación racial, el Comité se refirió a los párrafos 12, 17 y 20
Del documento de observaciones finales otorgándole el plazo de un año para que inicie un proceso de salvación estatal que el estado no cumplió.
El presente informe de seguimiento, contiene información sobre tales recomendaciones incumplidas y las consecuencias que puede acarrear la decidía estatal, teniendo en cuenta los informes del Congreso peruano y las respuestas de las organizaciones y pueblos indígenas que participaron en la consulta convocada por CAPAJ para el 13 de setiembre de 2010, que bajo el procedimiento del Art. 14 de la Convención el CERD adopte la decisión de elevar las situaciones de este informe a la siguientes instancias:
c)La adopción de una decisión que comprenda la expresión de preocupaciones concretas, junto con recomendaciones de acción dirigidas:
i) Al Estado Parte interesado;
ii) Al Relator Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas o el Experto independiente sobre cuestiones de las minorías;
iii) A otros órganos de derechos humanos o procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos competentes;
iv) A los mecanismos de derechos humanos y las organizaciones intergubernamentales regionales;
v) Al Consejo de Derechos Humanos;
vi) Al Asesor Especial del Secretario General sobre la Prevención del Genocidio
Nota: pueden enviar sus aportes al Email de: capaj_internacional@yahoo.com
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