miércoles, 22 de septiembre de 2010

Realizan ciclo de conferencias sobre arbitraje popular

MinJus organiza evento académico que será replicado en el Cusco el próximo 28 de setiembre

Siguiendo con el ciclo de conferencias magistrales, el Ministerio de Justicia (Minjus) realizó el lunes 20 la segunda ponencia sobre Arbitraje, esta vez a cargo de  Alfredo Bullard Gonzáles, catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

El evento fue inaugurado por el viceministro de Justicia, Luis Marill del Águila, ante un auditorio de más de doscientas personas.

“Destrezas arbitrales: ¿Cómo desarrollar una estrategia exitosa de arbitraje”, fue el tema que desarrolló el expositor, Alfredo Bullard, quien explicó didácticamente a la audiencia cómo se realiza un arbitraje y la importancia de la estrategia de los abogados para ganar un proceso.

Durante la exposición, el especialista señaló que es muy importante elegir un árbitro imparcial, y preparar bien a los testigos que intervendrán en el proceso arbitral. Asimismo Bullard Gonzáles recalcó que en un arbitraje a diferencia de los juicios, es muy importante la exposición de los hechos, por ello, aconsejó a hacerlo de manera impactante, fluida, simple y breve, apoyándose en recursos audiovisuales. 

La próxima conferencia magistral tendrá lugar en la ciudad del Cusco, el próximo 28 de setiembre y tendrá como expositor al jurista Jorge Santisteban de Noriega, quien expondrá el tema “El arbitraje con el Estado y el arbitraje popular”.

La realización de estas conferencias tienen como objetivo dar a conocer el arbitraje, y en especial el arbitraje popular como una forma rápida y económica de solución de conflictos.

Los casos que pueden someter a arbitraje popular son: incumplimiento de contratos, indemnizaciones, derecho de propiedad, posesión, responsabilidad contractual y extracontractual, pago de deudas, alquileres, contratos de compra-venta de inmuebles, desalojos, contratos de seguros, contratos financieros, conflictos laborales, conflictos comerciales, mercantiles, contratos con el Estado y, en general, toda pretensión que no supere los 72 mil nuevos soles.

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