La medida está contenida en la Resolución Jefatural N° 074-2012-J/ONPE, publicada en el diario oficial "El Peruano", a fin de garantizar que quienes ejerzan el cargo de miembro de mesa de sufragio sean, de preferencia, electores que aún no han ejercido tal cargo.
A través de la misma Resolución, también se establece que los mayores de 70 años que resulten designados como miembros de mesa, titulares o suplentes, y que por cualquier circunstancia no lleguen a ejercer tal función, no serán considerados como omisos al desempeño del cargo.
Al respecto, la ONPE considera que la posibilidad de desempeñar el cargo de miembro de mesa de sufragio es una situación derivada de la condición de elector, razón por la cual, para los ciudadanos que no están obligados a votar, como es el caso de los mayores de 70 años, el ejercicio del cargo de miembro de mesa de sufragio debe ser también facultativo, sujeto a la presentación de la excusa a que hace referencia el artículo 58° de la Ley de Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859.
La ONPE se encuentra en pleno proceso de organización de las Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de Huacachi (Ancash), fijada para el 1 de julio, así como de la planificación de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Regionales y Municipales, a realizarse el 30 de septiembre próximo.
Lima, 23 de abril de 2012
No hay comentarios:
Publicar un comentario