domingo, 17 de octubre de 2010

FALTAN SOLO 70 DÍAS PARA QUE TODOS LAS PERSONAS QUE CUENTAN CON UNA LICENCIA DE CONDUCIR DEBEN DE REVALIDARLA.

De conformidad a la tercera disposición complementaria transitoria del  D.S. 040-2008- MTC, publicada en el diario oficial el Peruano el 18-11-2008,  que a la letra dice" Las Licencias de conducir otorgadas según Reglamento de Licencias de Conducir aprobado por Decreto Supremo Nº. 015-1994 MTC, deberán ser REVALIDADAS, conforme a la nueva categoría establecida en el presente reglamento según la equivalencia establecida en la primera disposición complementaria transitoria, teniendo VALIDEZ SOLO HASTA EL 31-12-2010. LAS LICENCIAS EMITIDAS CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO, INDEPENDIENTEMENTE A SU FECHA DE REVALIDACIÓN, SALVO LAS LICENCIAS DE CONDUCIR CLASE A CATEGORÍA I, LAS MISMAS QUE MANTENDRAN SU VIGENCIA HASTA LA FECHA DE REVALIDACIÓN. Nota: SIEMPRE Y CUANDO DESEEN CONTINUAR CON ESTA CATEGORÍA QUE PERMITIRA CONDUCIR AUTOS PARTICULARES, PORQUE PARA MANEJAR TAXI EL PROXIMAO AÑO SERA CON CATEGORIA AII a.

En la actualidad en una gran mayoría no tienen conocimiento de esta disposición, razón por la cual nosotros remitimos una carta al Ministro de Transportes, el día 04-10-2010, con el exp. Nº. 128917, para que se difunda mediante los medios de prensa, que hasta la fecha todavía no lo han realizado.

Razón por la cual acudo a Uds. especialmente los medios de prensa para que contemplen dentro del programa de servicio a la comunidad difundir esta disposición y así esta manera evitar cualquier contratiempo.

A los representantes legales de la empresas difundir a todos sus conductores, que para conducir vehículos de transporte urbano será con licencia de conducir categoría AIIIa.

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