Ginebra, 15 de Julio 2010
Sr. James Anaya
Relator Especial para las libertades fundamentales y derechos humanos de los Indigenas
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Ginebra:
De mi consideración:
Dando seguimiento a nuestra entrevista sostenida el día 13 de los corrientes, en que me pidió pruebas de que el Estado Peruano está incumpliendo las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos en su Dictamen CCPR 1457-2006, paso a presentarle los siguientes documentos:
1.- Las conclusiones y recomendaciones del Informe presentado por la Comisión investigadora sobre los hechos acontecidos en la ciudad de Bagua aledaños y otros, determinando responsabilidades a que haya lugar de fecha 5 de mayo 2010, documento que prueba que el Estado peruano, a pesar de haber sido notificado el 27 de marzo 2010 con el dictamen CCPR 1457-2006,
Hizo caso omiso a las recomendaciones de dicho dictamen y el 5 de Junio 2010, cometió los hechos ocurridos en Bagua, que muy bien pudieron evitar si el Estado hubiera acatado las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos. El informe que se adjunta evidencia que hubo responsabilidades tanto del Ejecutivo, como del Poder legislativo.
2.- Copia del Dictamen 1457 CCPR-2006 donde consta la fecha de su emisión 27 de marzo 2010, que prueba que es falsa la versión que le dieron a Ud. En el sentido que el Estado si ha cumplido con las recomendaciones de dicho Dictamen, ya que desde 60 días antes a los hechos del Bagua, el Estado ya estaba requerido para que respete los derechos de los Pueblos indígenas en el ámbito de su jurisdicción.
3.- Copia del Oficio Nro.012 CCAP-2010 que dirige el Presidente de la Comunidad Campesina del Ayro, en que pide a la Autoridad Nacional del Agua ANA, denuncie ante la contraloría de la Republica, la licitación y dinero público aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas del Estado, para desembolsar 17 millones de soles al proyecto de perforación de 17 nuevos pozos de sustracción de aguas subterráneas en el Ayro, Lo cual prueba que el Estado peruano lejos de paralizar las sustracciones de aguas en territorios de las Comunidades Ancomarca, Alto Perú « El Ayro » y violando la ley de recursos hídricos, se niega acatar las decisiones de los órganos supervisores de tratados.
Sírvase tomar en cuenta, y ruego cursar la comunicación correspondiente al Estado peruano, que los Pueblos indígenas están protegidos, por los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y que el Perú por ser suscriptos del Protocolo facultativo del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, debe rendir cuentas de su cumplimiento tanto al CERD como al Comité de Derechos humanos del seguimiento e implementación de sus decisiones.
Atentamente
Tomas Alarcón
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