PRONUNCIAMIENTO
Los pueblos amazónicos vienen demandando la legítima derogatoria
de diversos decretos legislativos que los afectan, los cuales han
sido considerados inconstitucionales por diversas instituciones,
incluida la Defensoría del Pueblo. Ante esto, el gobierno, en
lugar de buscar soluciones a sus demandas, ha iniciado el día 3
de Junio del presente año una sorpresiva inspección de
supervisión a través de la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional (APCI) a la Asociación Interétnica de Desarrollo de
la Selva Peruana (AIDESEP), la cual resulta sospechosa y
arbitraria.
Ante esta situación, manifestamos lo siguiente:
1. Si bien la APCI tiene la facultad de realizar fiscalizaciones
para cautelar el buen uso de los fondos provenientes de la
cooperación internacional, el ejercicio de esta facultad, no
puede amenazar el normal funcionamiento de las ONG, ni directa ni
indirectamente, tal como lo estableció, en su momento, el
Tribunal Constitucional (0009-2007-PI/TC y 0010-2007-PI/TC). La
AIDESEP ya fue objeto de fiscalización en septiembre de 2008, y
fue notificada de esta nueva supervisión hace tan sólo tres días
hábiles, en plena protesta amazónica.
2. Durante la audiencia temática de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, realizada el 23 de octubre del año 2008, en
Washington D.C., el Estado peruano señaló que los "criterios de
fiscalización [que utiliza la APCI] son objetivos", agregando que
el modo de elección de las entidades que serán fiscalizadas "son
bajo el criterio de cuáles son las entidades que reciben mayor
cantidad de fondos", y que el "plan de fiscalización se realiza a
inicios del año", y no de forma arbitraria. En tal sentido,
solicitamos al Estado que explique las razones objetivas de esta
fiscalización, justo en momentos en que los pueblos amazónicos
continúan con sus medidas.
3. De no existir una razón objetiva que sustente esta
intempestiva supervisión en estos momentos, ella constituirá una
clara amenaza a un conjunto de derechos fundamentales reconocidos
en la Constitución, entre los cuales destacan la libertad de
asociación, el derecho a la participación en la vida política,
económica, social y cultural de la nación, el derecho a la
libertad de contratación, el derecho a la igualdad, la libertad
de expresión y otros derechos y principios.
4. Insistimos en que este camino lo único que hace es agudizar
condiciones para mayor violencia, e invocamos al gobierno a que
reflexione sobre la forma cómo viene atendiendo las demandas de
los pueblos indígenas, y promueva la resolución de este conflicto
en el marco del respeto de los derechos fundamentales y sin
instrumentalizar instituciones públicas como APCI.
Lima, 03 de junio de 2009
Instituto de Defensa Legal (IDL)
Toda institución o persona que desee adherirse a este
pronunciamiento escribir a: beatriz@idl.org.pe
jueves, 4 de junio de 2009
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