Empadronamiento, acceso a locales, plantillas Braille, entre otras
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene tomando seis medidas para garantizar el derecho a la participación política de las personas con discapacidad en los próximos procesos electorales Regionales y Municipales- Referéndum FONAVI del 3 de octubre de 2010.
Según detalló la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE, entre estas medidas se encuentra la elaboración de material electoral, empadronamiento de los ciudadanos con discapacidad, adecuación de los locales de votación, facilidades de acceso a las mesas de sufragio, apoyo para el traslado y servicio asistencial y, desde luego, la correspondiente capacitación al personal de la ONPE.
En cuanto a la elaboración de material electoral, se explicó que se ha previsto el uso de cédulas de sufragio en lenguaje Braille (plantillas Braille) en todos los locales de votación. La cantidad final de estas será determinada cuando se tenga la cifra final de mesas de sufragio y locales de votación, la misma que se podrá conocer luego de aprobarse el padrón electoral el próximo mes de julio.
Respecto al empadronamiento de los ciudadanos con discapacidad se precisó que este se llevará a cabo a través del registro de datos en la página web institucional y de manera directa en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. En ambos casos el registro se abrirá a partir del mes de julio.
En lo que se refiere a la adecuación de los locales de votación, se indicó que los carteles de señalización para los locales de votación, entre los que se encuentran aquellos dirigidos a orientar el acceso de los ciudadanos con discapacidad a sus correspondientes mesas de sufragio, serán elaborados en la sede central de la ONPE y remitidos a los locales de votación junto con el material electoral.
En lo que concierne a las facilidades de acceso a las mesas de sufragio es preciso señalar que en aquellas que se empadronaron en los plazos establecidos por la ONPE se ubicarán en los primeros pisos de los locales de votación, siempre que la infraestructura de tales edificaciones lo permita.
Es preciso señalar que en cada local de votación se establecerá un área en el primer piso a la cual se puedan trasladar temporalmente las mesas de sufragio de los ciudadanos con discapacidad que no se hubieran empadronado, esto con el objetivo de que puedan emitir su voto. Cabe resaltar que dicho traslado solo será posible con la anuencia de los miembros de mesa y personeros presentes en el acto de sufragio.
En cuanto al apoyo para el traslado y servicio asistencial, se informó que se ha previsto contar con sillas de ruedas para el traslado de ciudadanos con discapacidad y adultos mayores que lo requieran, dentro de los locales de votación. Este servicio así como el asistencial y de emergencias médicas, está supeditado a la disponibilidad de los centros asistenciales del país que colaboren con las gestiones que la ONPE viene realizando.
Por último, los programas de capacitación dirigidos tanto al personal de la sede central como al de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, contempla, entre otros aspectos, instrucciones para la atención preferente a ciudadanos con discapacidad y otros sectores de la población electoral.
Tales instrucciones serán también incluidas en los manuales de tareas de los distintos grupos ocupacionales, de acuerdo a las funciones que desarrollarán durante los procesos electorales.
miércoles, 3 de marzo de 2010
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