lunes, 24 de enero de 2011

Plantean veinte años de cárcel para quienes recluten a menores con el fin de incorporarlo en Fuerzas del Orden

MIRAFLORES,, DOMINGO 23 DE DICEMBRE DE 2010                REPORTE DE PRENSA N° 1355 – AÑO 184               prensaminjus@minjus.gob.pe


Poder Ejecutivo presenta al Congreso un proyecto de Ley sobre prohibición de reclutamiento y alistamiento de menores de edad elaborado por CONADIH

Los funcionarios públicos o cualquier persona que reclute o aliste a un menor, con o sin su consentimiento, con el fin de incorporarlo en las Fuerzas del Orden del Estado o de grupos armados tendrán una pena privativa de libertad entre 10 y 20 años.

Así lo plantea el proyecto de ley que el Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso de la República sobre la Prohibición del Reclutamiento y Alistamiento de Menores de Edad, el mismo que modifica el Código de los Niños y Adolescentes y el Código Penal.

Además dicha iniciativa indica que cuando dicho reclutamiento se realice dentro de un conflicto armado, la sanción será entre 12 y 20 años; y si se causara la muerte del menor o se produce una lesión grave, la pena será no menor de 20 años.

La referida iniciativa legislativa fue promovida por la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH) a fin de adecuar el ordenamiento jurídico peruano de conformidad con el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Con esta propuesta legislativa se aspira impulsar la protección de los niños y adolescentes frente a la práctica del reclutamiento de menores. Además, establece que deberán desarrollarse todas las medidas posibles para impedir el reclutamiento o alistamiento y la utilización de los niños y adolescentes por parte de las Fuerzas del Orden del Estado o de grupos armados.

En lo que respecta al Código de Niños y Adolescentes, el proyecto de ley precisa que los menores reclutados deberán recibir asistencia conveniente para su recuperación física y psíquica, logrando de esa manera su plena reinserción social.

La CONADIH es el órgano de carácter consultivo del Poder Ejecutivo encargado de canalizar el proceso de adopción e implementación de medidas nacionales de aplicación y observancia del Derecho Internacional Humanitario (DIH) en el Perú. 

Está integrada por cinco miembros plenos, todos del Poder Ejecutivo: Ministerio de Justicia, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y Ministerio de Educación; y por cuatro miembros observadores permanentes: Defensoría del Pueblo, Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y  Congreso de la República.

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