CONFUSIÓN DE TÉRMINOS PROHIBÍA LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES A LOS ADOLESCENTES
En
relación a la declaración de inconstitucional del artículo 173.3 del código
penal que despenaliza las sanciones sobre el inicio de relaciones sexuales de
menores entre 14 y 18 años, la Fiscal de la 1ª Fiscalía de la Familia del
Distrito Judicial de la Libertad Dra. María Castillo León, señaló que ahora el
tema debe ser tratado a un niveles educacionales, familiares y de salud.
Dijo
además que es necesario se informe al adolescente sobre las desventajas de
iniciarse tempranamente en el mundo de la sexualidad; pero es imposible
prohibirlo ya que la realidad nos demuestra que muchos adolescentes se
inician sexualmente entre los 14 y 16
años, es ahí donde ahora se deben establecer mecanismos de trabajo reales para
difundir la información necesaria entre los menores y adolescentes.
María
Castillo León, refirió que desde el 2008 se habían publicado informes y
análisis sobre el tema, ya que la ley habría estado contraviniendo y exagerando
sobre los derechos fundamentales de las personas y se hicieron estas
generalizaciones. Actualmente se ha podido especificar sobre la indemnidad
sexual del menor, como la intangibilidad sexual, que estaba protegida con esta
ley. Pero esta a la vez protegía a aquellas personas que no tenían la capacidad
de poder decidir sobre su iniciación sexual.
Lo
que aún se mantiene penalizado es la coacción, obligación, amenaza y violencia
contra menores y adolescentes que son presionados de alguna manera a iniciar su
vida sexual contra su voluntad. Estamos convencidos que que la sexualidad de
los adolescentes es un derecho fundamental al libre desarrollo y bienestar,
pero debe estar de la mano con la madurez mental y emocional del individuo.
La
Fiscal de Familia fue clara al señalar que, en este proceso de crecimiento del
ser humano, deben establecerce cadenas de comunicación e información a fin de
evitar entre los jóvenes las infecciones de transmisión sexual, embarazos no
deseados entre otras consecuencias de no saber tomar correctas decisiones; es
por ello indispensable que el estado inicie los programas para fortalecer estos
derechos fundamentales con políticas de salud, educativas y que permitan el
fortalecimiento de la familia misma.
Refirió
además que se podría decir que por mucho tiempo se confundió el término y que
era imposible penalizar el desarrollo de las personas y se podría reconocer
como justa la decisión del Tribunal Constitucional, por ello ha llegado la hora
de que el estado comience a trabajar en este tema, para contribuir en la formación
de los adolecentes y jóvenes de nuestro Perú.
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