El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) canceló el acta de nacimiento y el Documento Nacional
de Identidad (DNI) del futbolista Max Barrios Prado, tras comprobar que ambos documentos contienen datos falsos.
Una
persona sin partida de nacimiento no tiene un registro oficial de su
nombre, filiación ni nacionalidad. Asimismo,
al ser cancelado un DNI este pierde valor legal tanto para identificar a
su portador, como para realizar actos civiles ante organismos públicos o
privados.
Al
ponerse en duda la veracidad de la información sobre el lugar y fecha
de nacimiento del deportista, el RENIEC
inmediatamente restringió la posibilidad de uso de su DNI, e inició un
proceso de investigación. Mediante este proceso determinó que el
nacimiento había sido inscrito de manera irregular en el Concejo
Distrital de Bellavista (provincia de Sullana, región Piura).
Por
tratarse de una inscripción extemporánea, la municipalidad no exigió el
Certificado de Nacido Vivo –documento
que un profesional de salud emite para dejar constancia de un
alumbramiento–, sino la presentación de otros documentos y la
declaración de dos testigos.
El
20 de enero del año 2012 Angel Barrios registró que su presunto hijo
Max había nacido el 15 de septiembre
de 1995 en el centro de salud de Bellavista y, para probarlo, presentó
una ficha de matrícula emitida por la escuela “Niño Jesús de Praga” de
Sullana, además de la declaración de dos testigos: Teobaldo Herrera Javo
e Irene Elizabeth Sancarranco Valladares.
El RENIEC cruzó información con el establecimiento de salud y el colegio mencionados, y ambos sostuvieron que
Max Barrios nunca había nacido ni estudiado ahí.
Después
de que la Municipalidad de Bellavista cancelara la partida de
nacimiento del futbolista, el RENIEC procedió
a cancelar/dejar sin efecto su DNI. Simultáneamente, está examinando la
situación del hermano de Max, Luis Barrios Prado, cuyo lugar y fecha de
nacimiento también han sido cuestionados.
El organismo público recuerda a la ciudadanía que la información que se brinda a un registrador tiene carácter
de declaración jurada y, si no es verdadera, se incurre en un delito
al que le corresponde una sanción penal.
Por
otro lado, el RENIEC informa que ha suscrito un convenio con la
Dirección General de Registro Civil, Identificación
y Cedulación del Ecuador, que abre el camino para la colaboración
mutua. Específicamente, el acuerdo señala que se podrán utilizar
herramientas tecnológicas para verificar la identidad de ciudadanos de
los dos países.
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