sábado, 26 de enero de 2013

RENIEC CANCELA PARTIDA DE NACIMIENTO Y DNI DE MAX BARRIOS


El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) canceló el acta de nacimiento y el Documento Nacional de Identidad (DNI) del futbolista Max Barrios Prado, tras comprobar que ambos documentos contienen datos falsos. 

Una persona sin partida de nacimiento no tiene un registro oficial de su nombre, filiación ni nacionalidad. Asimismo, al ser cancelado un DNI este pierde valor legal tanto para identificar a su portador, como para realizar actos civiles ante organismos públicos o privados.

Al ponerse en duda la veracidad de la información sobre el lugar y fecha de nacimiento del deportista, el RENIEC inmediatamente restringió la posibilidad de uso de su DNI, e inició un proceso de investigación. Mediante este proceso determinó que el nacimiento había sido inscrito de manera irregular en el Concejo Distrital de Bellavista (provincia de Sullana, región Piura).

Por tratarse de una inscripción extemporánea, la municipalidad no exigió el Certificado de Nacido Vivo –documento que un profesional de salud emite para dejar constancia de un alumbramiento–, sino la presentación de otros documentos y la declaración de dos testigos.

El 20 de enero del año 2012 Angel Barrios registró que su presunto hijo Max había nacido el 15 de septiembre de 1995 en el centro de salud de Bellavista y, para probarlo, presentó una ficha de matrícula emitida por la escuela “Niño Jesús de Praga” de Sullana, además de la declaración de dos testigos: Teobaldo Herrera Javo e Irene Elizabeth Sancarranco Valladares.

El RENIEC cruzó información con el establecimiento de salud y el colegio mencionados, y ambos sostuvieron que Max Barrios nunca había nacido ni estudiado ahí.

Después de que la Municipalidad de Bellavista cancelara la partida de nacimiento del futbolista, el RENIEC procedió a cancelar/dejar sin efecto su DNI. Simultáneamente, está examinando la situación del hermano de Max, Luis Barrios Prado, cuyo lugar y fecha de nacimiento también han sido cuestionados.

El organismo público recuerda a la ciudadanía que la información que se brinda a un registrador tiene carácter de declaración jurada y, si no es verdadera, se incurre en un delito al que le corresponde una sanción penal.

Por otro lado, el RENIEC informa que ha suscrito un convenio con la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador, que abre el camino para la colaboración mutua. Específicamente, el acuerdo señala que se podrán utilizar herramientas tecnológicas para verificar la identidad de ciudadanos de los dos países.

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