En la provincia de Trujillo es obligatoria la conciliación
extrajudicial antes de iniciar una demanda judicial. De allí la necesidad de conciliadores extrajudiciales acreditados
por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para ejercer tal función en
los Centros de Conciliación. En éstos, el director y el secretario general
deben ser conciliadores extrajudiciales.
“La conciliación extrajudicial en un mecanismo
alternativo de resolución de conflictos, en donde prevalece la voluntad de las
partes; es decir, son las mismas partes quienes deciden el acuerdo. El
conciliador es el facilitador de la comunicación entre ellas. Es un tercero
imparcial que ayuda a identificar el problema e intereses y a generar posibilidades
de solución al conflicto, con la finalidad de que las partes puedan llegar a un
acuerdo beneficioso para ambas”, detalló la abogada Lucy Díaz Plasencia
directora de “Enlazando” Centro de Conciliación y Arbitraje.
Con tal fin, se realizará
en esta ciudad el III Curso de Formación de Conciliadores Extrajudiciales,
ofrecido por el Centro Capacitador INESPRO de Lima, debidamente autorizado y
supervisado por el Ministerio de Justicia. Este evento académico está dirigido
a profesionales y estudiantes de Derecho, Administración, Psicología,
Educación, Ciencias de la Comunicación y carreras afines; así como a
funcionarios de empresas e instituciones relacionadas a los temas de
negociación, mediación, arbitraje, relaciones públicas y recursos humanos.
La abogada Díaz Plasencia
indicó que el curso tiene una duración de 128 horas y 40 vacantes. Los
participantes aprobados podrán tramitar su acreditación ante el Ministerio de
Justicia para obtener su Título de Conciliador Extrajudicial.
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