martes, 7 de agosto de 2012

ONPE fija impedimentos para ser miembro de mesa en consulta popular de revocatoria

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la Resolución Jefatural N°134-2012-J/ONPE, publicada en el diario oficial "El Peruano", que precisa los casos de personas impedidas de ser miembros de las mesas de sufragio en los procesos de consulta popular de revocatoria de autoridades.
Entre los impedidos figuran: el promotor de la consulta popular de revocatoria, el personero de las autoridades sometidas a consulta popular de revocatoria, el personero de las organizaciones políticas a las cuales pertenecen las autoridades sujetas a la consulta y el personero de los promotores de la consulta popular de revocatoria.
Asimismo, están inhabilitados para ejercer dicho cargo el cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los promotores y de las autoridades sujetas a la consulta, así como el ciudadano que integra los comités directivos de las organizaciones políticas, inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a las que pertenezcan las autoridades sometidas a consulta popular de revocatoria.
La resolución explica que el artículo 57° de la Ley Orgánica de Elecciones establece los impedimentos para desempeñar el cargo de miembro de mesa de sufragio, en el caso de procesos electorales en donde participan las organizaciones políticas, los cuales presentan candidatos.
Sin embargo, se precisa que en una consulta popular de revocatoria no participan organizaciones políticas, ni candidatos a un cargo, por consiguiente, existe un vacío legal en la Ley Orgánica de Elecciones, lo cual hace necesario establecer las normas respectivas que complementen las disposiciones vigentes, sin vulnerarlas, a fin de coadyuvar con la transparencia y neutralidad del proceso electoral.
En el mismo sentido, la norma también adecúa las causales de excusa al cargo de miembro de mesa de sufragio y sus correspondientes documentos sustentatorios, trámite que es realizado en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE).
La Resolución ha sido puesta en conocimiento del JNE y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
El próximo 30 de septiembre se realizará la Consulta Popular de Revocatoria 2012 en 266 distritos y cuatro provincias.

Lima, 6 de agosto de 2012

No hay comentarios:

Publicar un comentario