miércoles, 12 de agosto de 2009

Asociación de San Pablinos Residentes en Cajamarca

La Asociación de San Pablinos Residentes en Cajamarca ha hecho llegar copia del siguiente memorial en defensa de las lagunas de Alto Perú.



M E M O R I A L


EXCELENTISIMA
SEÑORA
DRA. ANADA TIEGA
SECRETARIA EJECUTIVA DE CONVENCION DE HUMEDALES RAMSAR.
PRESENTE:
Reciba el cordial saludo de la heroica Provincia de San Pablo,
perteneciente al Departamento de Cajamarca, lugar donde un 13 de Julio
de 1882, nuestros valientes progenitores y compatriotas, lucharon con
coraje defendiendo hasta con sus vidas nuestro suelo patrio que en ésa
época había sido invadido por los vecinos del sur, Chile.
Habiendo ya transcurrido 127 años del problema abusivo y prepotente
de los Chilenos quienes con apetito voraz, mancillaron el honor de
nuestros antepasados, y hoy al parecer, la historia se repite, cuando
nuevamente venimos siendo víctima de los inversionistas extranjeros a
quinees nuestros gobernantes le entregan nuestra riqueza a cambio de
pobreza.

Distinguida Dra. Sucede, que en esta parte del mundo que se llama
Alto Perú en el Distrito de Tumbadén existen, 280 lagunas que
constituyen un humedal con características ecológicas y depósito
natural de agua dulce que dan vida a 04 importantes valles: 1). El
Llaucano, que va hasta Lambayeque, 2). El Jequetepeque, hasta La
Libertad, 3). Cajamarca y 4). Marañón. Es decir fuente de vida de
muchos Departamentos en el norte del Perú.

Las 280 lagunas del Alto Perú no tienen status de humedal de
importancia internacional. Aún asi, el INRENA como Autoridad
Administrativa de la Convención Ramsar no ha emitido reglamentación
de directivas acerca de las 280 lagunas, a fin de evitar que se
incremente el deterioro de los humedales.

Es más, han transcurrido cerca de 6 años de negligencia estatal.
Las recomendaciones del Informe de Auditoria de Gestión Tema
26 relativo al cumplimiento de la Convención de Ramsar 2003 señala
que para evitar el incremento del deterioro se requiere una
reglamentación de directivas para humedales sin status de humedal
internacional.

A consecuencia de ello, la empresa minera Yanacocha SRL. Desde el
2004, ha solicitado a la Junta de Usuarios del Distrito de Riego del
Jequetepeque (JUDRJ), se le otorgue para hacer sus actividades
Mineras; quien muy benevolentes, le han otorgado sendas resoluciones a
favor de la minera, burlándose de las las normas de protección
adoptadas por la Municipalidad Provincial de San Pablo en la
Ordenanza Nº.001-2007,del Mes de Febrero 2007, que conserva 2,960 Ha.
como zona ecológica, turística y preservación de sus recursos hídricos
que son fuente de vida de importantes valles.

El 25-05-2007, Minera Yanacocha, interpone demanda contra la Ordenanza
Municipal, aduciendo que ésta atenta contra la libertad de empresa,
industria, trabajo de la propiedad privada y constituyéndose una
amenaza para el ejercicio de sus actividades mineras; que felizmente
la autoridad judicial en dos oportunidades le ha dicho no a la minera;
pero como ésta sigue en su terquedad, a quejado a la Municipalidad
Provincial ante el TCR. El mismo que ha visto el caso el 27 de Abril
del 2009 en Arequipa y que hasta la fecha no hay respuesta, pece que
éstos magistrados han manifestado que el resultado se dará en 10 días.
La ausencia de directivas que protejan los humedales, en general, en
los últimos 6 años, ha permitido que se desvíen aguas de las
lagunas, reserven aguas para actividades no tradicionales y se
conviertan en diversos humedales en vertederos de desechos.
El 10 de diciembre último pasado, la Asamblea de Naciones Unidas
aprobó el protocolo facultativo de los DESC. Ahí, con toda nitidez se
reconoce la ciudadania global respecto al ejercicio de los
derechos ambientales

PETITORIO:


Como se ha mencionado anteriormente, las 280 lagunas de Alto Perú
proveen servicios ambientales a toda forma de vida del Valles
arriba mencionados, Razón por el cual, solicitamos, a su honorable
persona, que se notifique al INRENA para que disponga directivas
para elaborar un Plan Maestro que proteja dichos humedales, y de esta
forma amparar el derecho humano a un ambiente sano.
Por lo anteriormente señalado es que recurrimos a vuestro despacho con
la finalidad de que notifique al Jefe del INRENA y puedan proteger
las 280 lagunas del Alto Perú de inversiones mineras que necesitan
el subsuelo, suelo y sobresuelo para actividades no tradicionales.

POR LO TANTO:

Rogamos a su alta investidura, que envié una notificación y por esa
vía se regularice la ausencia de directivas de protección de los
humedales reconocidos como 280 lagunas del Alto Perú, ubicadas en
el Distrito de Tumbadén, Provincia de San Pablo, Departamento de
Cajamarca.

Cajamarca, 08 de Agosto del 2009.

Atentamente,

Lic. Edilberto Barrantes Terán
DNI. 17873287
Cajamarca
Presidente

ADHESIONES

Carlos Franco Pacheco. PACHACAMAC DNI 06998928 Lima.

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