viernes, 8 de febrero de 2013

Plantean facilitar intervención de comunicaciones ante delitos graves


Con el objetivo de enfrentar a las nuevas formas de criminalidad y dinamizar el procedimiento para autorizar la intervención de las comunicaciones, a fin de que se conceda de manera oportuna cuando se hayan cometido delitos graves, el congresista Octavio Salazar Miranda presentó el proyecto de ley que modifica la Ley N° 27697, Ley que otorga facultad al fiscal para la intervención y control de comunicaciones y documentos privados en caso excepcional.  

De acuerdo con la propuesta se definen como delitos graves al secuestro; trata de personas, pornografía infantil; robo agravado; extorsión; tráfico ilícito de drogas; tráfico ilícito de migrantes; asociación ilícita para delinquir; delitos contra la humanidad; atentados contra la seguridad y traición a la patria; peculado; corrupción de funcionarios; terrorismo; delitos tributarios y aduaneros; lavado de activos y crimen organizado.

El congresista Octavio Salazar explicó que la iniciativa legislativa plantea incorporar el artículo 5° y 6° a la Ley N° 27697, para crear el comité de crisis y precisar la atención inmediata.

Según el proyecto de ley, se plantea constituir comités de crisis en todas las regiones del país integrados por un juez competente, quien interviene con derecho a voz y no a voto; el fiscal competente; un miembro de la Policía Nacional según especialidad; representantes de las empresas de telecomunicaciones, quienes se deben reunir el día que son  convocados por el Ministerio Público ante la denuncia de cualquiera de los delitos mencionados anteriormente.

El artículo 6° precisa que el Comité de Crisis, según la urgencia del caso, propone al juez competente la intervención de las comunicaciones, quien luego evalúa la propuesta encontrándola conforme de manera inmediata. En el mismo día autoriza al fiscal y a las empresas de telecomunicaciones que procedan con el control o recolección de las comunicaciones.   
“Ya que el Comité de Crisis está integrado por los encargados de dar cumplimiento a la Ley N° 27697, los acuerdos que se adopten con carácter de urgente permitirán tener autorizaciones judiciales debidamente motivadas en un plazo corto para enfrentar a los delincuentes involucrados en los delitos graves que precisa la referida ley”, explicó.

Detalló que actualmente el procedimiento resulta largo y complicado ya que primero se debe registrar el hecho criminal, denunciarlo ante la Policía Nacional o el Ministerio Público; luego se debe tramitar la solicitud ante el juez, quien debe resolver el pedido y notificar al fiscal, quien a su vez debe informar al fiscal recolector y luego a las empresas operadoras, lo cual demanda un tiempo valioso. “Eso puede significar perder la huella del delito en el momento posterior o inmediato de producido el hecho criminal”, refirió. 

Preciso, además, que la iniciativa legislativa presentada considera los principios de proporcionalidad, especialidad, temporalidad, judicialidad y motivación judicial.

“El derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados, además de estar garantizado por la Constitución Política, forma parte de otro derecho más amplio que es el derecho a la intimidad de la persona, que nadie puede violentar, con la excepción de que el juez autorice su intervención, sólo eventualmente y por una necesidad mayor de la sociedad”, comentó.  

Lima, 08  de febrero de 2013

No hay comentarios:

Publicar un comentario